lunes, 30 de noviembre de 2009

Autonomía, nueva normativa constitucional y el Proyecto de Ley de Educación Superior



En la actualidad se vuelve de trascendental importancia un análisis conceptual lo suficientemente amplio y profundo sobre el rol y responsabilidad que corresponde a una Universidad dentro de una sociedad y su aporte al desarrollo de la misma.

No obstante que la humanidad ha vivido en las últimas décadas una prevalencia en cuanto al juzgamiento de los problemas de la sociedad, priorizando el tema económico o monetario, no se puede desconocer que sin duda es a la Universidad como institución, a la que corresponde la provisión del más importante insumo para un desarrollo social y humano consistente, mediante la formación y provisión del más importante capital o riqueza, de una sociedad que es el recurso humano. Un buen país lo forman buenos ciudadanos y esos buenos ciudadanos para entregar un buen aporte a la sociedad de la que forman parte, requieren contar con una sólida orientación tanto vocacional como técnica, especializada y profesional, que les permita tener los conocimientos suficientes y actualizados, para que su aporte al mejoramiento de las condiciones de vida del país sean efectivamente convenientes y útiles para el logro de un mejor bienestar colectivo.

En el contexto antes señalado, la Universidad no puede excusarse de estar permanentemente revisando su gestión para tratar de optimizarla o mejorarla cualitativamente y ensamblarla con el vertiginoso desarrollo tecnológico que experimenta la humanidad en la época presente, sobre todo en el campo de la informática, cuya ayuda y soporte sobre todo a través de los medios audiovisuales deberá ser siempre parte del proceso de desarrollo de la Universidad a su interior, hoy no puede concebirse un docente desprovisto de herramientas informáticas para un mejor dictado de su cátedra, ni tampoco a un alumno que no esté familiarizado con estos insumos que sin duda son indispensables para el proceso formativo del estudiante.

Descrito el escenario en el cual la Universidad debe moverse si es que quiere cumplir con su obligación de ser un instrumento de cambio social y de tomar la bandera de un pensamiento crítico pro positivo que contribuya a la solución de los problemas de una sociedad, es que se vuelve conveniente un debate lo más elevado y racional posible, sobre la actual situación de la Universidad ecuatoriana y el marco jurídico que debe regular su actividad para que su labor sea del más alto y exigente nivel académico y en consecuencia realmente beneficiosa para tener un mejor país.

El Gobierno Nacional viene insistiendo en la urgencia de recuperar una Universidad en crisis, para ello se parte de la hipótesis no comprobada de que las Universidades y Escuelas Politécnicas del país son las de más baja calidad en América Latina y el Caribe y por supuesto de ínfima calidad frente a Universidades de países desarrollados. Se llega incluso a sostener por parte de funcionarios del SENPLADES que la Universidad es una especie de institución en estado de enfermedad terminal que requiere de una especie de terapia intensiva para poderla recuperar y la propuesta para superar esta situación crítica es la expedición de una nueva ley de Educación Superior, cuyo principal objetivo sería el que la Función Ejecutiva controle las Universidades y Escuelas Politécnicas e Institutos Técnicos Tecnológicos, a través de los dos organismos de carácter nacional del sistema de educación superior que establece la Constitución Política del Estado en actual vigencia.

A ello se añaden otras hipótesis como la de una Universidad renuente al cambio, cuyos actuales directivos principalmente sus Rectores, defienden sus pequeños espacios de poder, se agrega que en las últimas dos décadas la Universidad ecuatoriana entró en un proceso privatizador, lo cual es incompatible con la tesis de esta todavía inconclusa propuesta de un llamado socialismo del siglo XXI, que se repite con superficialidad tecnocrático y burocrático es un proyecto en construcción.

Todas las hipótesis que destaco carecen del debido sustento lógico y real, ninguna de ellas ha sido demostrada y es demostrable, no es exacto que la Universidad ecuatoriana sea la de más baja calidad en América latina, personalmente no creo que seamos ni mejores ni peores que las Universidades de este Subcontinente, existen y eso no se discute países con mayor tradición universitaria, pero lo que no es cierto es que la Universidad nacional esté en una situación de ser reprobada como institución, si aquello existiera sería una consecuencia de una crisis de la sociedad ecuatoriana en su conjunto, incluyendo la existencia de críticos espontáneos y salvadores de la educación superior en el Ecuador que hacen afirmaciones sin conocerla en sus interioridades. Tampoco es verdad que las instituciones de educación superior estén en estado agónico en función de que sus ofertas académicas no son compatibles con el mundo de nuestros tiempos, no tiene ninguna justificación afirmar que las Universidades y Escuelas Politécnicas del país se oponen a un cambio, inversamente estimo es en las Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador donde existe un pensamiento más ordenado y racionalmente crítico de una realidad presente y de la necesidad de modernizar la democracia en el Ecuador, que tenga una clara visión de un mundo multipolar que experimenta aceleradas e irrefrenables mutaciones en razón del avance tecnológico de la humanidad sobre todo en el área de la informática, desconozco si existen centros de educación superior opuestos a una rendición social de cuentas y a una necesaria fiscalización, si existen hay que cerrarlos, lo que sin duda si está en crisis es una recurrente y mala gestión en el campo político, que por supuesto no es atribuible al actual gobierno aunque tampoco puede atribuírsele al actual gobierno haber mejorado conductas democráticas en el ámbito político de nuestro país, para realizar esta afirmación me limito a reproducir cual es la óptica que se tiene en el ámbito internacional sobre la situación política de nuestro país. Por todo lo expuesto es carente de todo sustento el criterio que los miembros de la comunidad universitaria y politécnica nacional, no están dispuestos a contribuir a una mejor educación superior en el país, esa es y debe ser invariablemente la conducta y el desafío de la educación superior en este y todos los países del mundo.

Por otra parte sostener que existe una Universidad con una tendencia privatizadora en el país, es simple y llanamente desconocer procesos vividos en el mundo entero en las últimas décadas, en que efectivamente en todos los países sin excepciones se dio una creciente creación de Universidades particulares, lo cual lamentablemente en nuestro país se descontroló y desvió al tramitarse la creación de Universidades por la Función legislativa, que no reunían condiciones para ser creadas, pero aquello es subsanable a través de establecer procesos serios de evaluación y acreditación con el debido sustento académico, que permita establecer cuales Universidades no reúnen requisitos o estándares mínimos de calidad para seguir subsistiendo, cuales lucraron con la educación superior, ese es el reto, no hacer aquello es limitarse a exhibir un pretexto para desacreditar la gestión de las Universidades y Escuelas Politécnicas, que si bien es cierto no llegan a niveles de excelencia académica y están lejos de esa meta, nadie puede desconocer han contribuido a formar profesionales capaces, muchos de ellos se encuentran en altas funciones del Estado, los cuales al parecer han olvidado son producto de una institución que con sus limitaciones, al menos contribuyó en su formación profesional y en la formación de su actual personalidad.

En ese contexto la propuesta de una nueva Ley de Educación Superior la encuentro con objetivos políticos definidos (no académicos) entre los cuales destaco cuatro:

1.- Captar el control de las Universidades y Escuelas Politécnicas, absorber por parte del Gobierno Nacional el organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema;
2.- Despojar a las Universidades y Escuelas Politécnicas de sus rentas establecidas en la Ley que creó el Fondo Permanente de Desarrollo Universitario y Politécnico, Ley cuya derogatoria se planteaba expresamente, aquello ha sido hasta este momento revisado.
3.- Someter a las Universidades y Escuelas Politécnicas a una dependencia del Plan Nacional de Desarrollo y a través de ello mutilar su libertad de oferta académica y limitar su capacidad de gestión.
4.- Reducir la actividad del ejercicio de la cátedra universitaria a la de un docente que tendrá la condición de un servidor público más, desconociendo que el ejercicio de la docencia universitaria es una actividad de excepción que se la distingue del cargo público normal, en cuanto se puede ejercer cualquier cargo público y además de ello ejercen la docencia universitaria si el horario del funcionario lo permite, partiendo de la innegable certeza que un buen catedrático es una las mejores y más rentables inversiones que se puede hacer en el país.

Afortunadamente estos cuatro planteamientos (que los destaco) carecen del debido amparo constitucional que requieren para poderlos incorporar en una ley, por las razones que a continuación expongo.

Es primordial destacar que en la parte Orgánica de la actual Constitución se mantiene en el artículo 225 el concepto de una Universidad concebida como una entidad independiente, creada por ley para la prestación de un servicio del Estado que es la educación de tercer y cuarto nivel, de tal manera que en esta parte subrayo, la actual Constitución mantiene el tradicional reconocimiento de la sociedad latinoamericana en el sentido que las Universidades y Politécnicas como instituciones no forman parte de ninguna de las Funciones del Estado, llámense éstas: Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral o de Control, ni tampoco de los organismos del régimen seccional, es decir son instituciones básicamente autónomas cuyos fines y funciones también los describe taxativamente la Constitución vigente en su artículo 350, en la que textualmente expresa que su finalidad es la formación académica y profesional con visión científica y humanista, la investigación científica o tecnológica y la innovación, la promoción y desarrollo de los saberes y las culturas, la construcción de soluciones a los problemas del país en relación con los objetivos del régimen de desarrollo, debiendo en esta parte precisar, que el Sistema de Educación Superior deberá articularse al Sistema Nacional de Educación y al Plan Nacional de Desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 351 de la Constitución, el cual agrega que la ley deberá establecer mecanismos de coordinación del sistema de Educación Superior con la Función Ejecutiva, reconociendo la interdependencia de uno y otro.

Adicionalmente el mismo legislador constituyente se encarga de puntualizar los principios por los que debe guiarse el Sistema de Educación Superior y en primer lugar está el de la autonomía responsable, es decir es el primero de los principios por los que se guía el sistema, a los que agrega el del cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad y remarca dentro de la temática que analizamos, su derecho a la auto determinación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamientos, universalidad y producción científica y técnica global, es decir en resumen no hay dudas de una clara tendencia del texto constitucional para respetar su independencia como lo establece de una manera recurrente y puntual el artículo 355, que impone al Estado es decir a todas las Funciones e Instituciones del Estado y esto también lo subrayo, reconocer a las Universidades y Escuelas politécnicas, la autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución, a los que ya me referí anteriormente, entre los cuales consta en primer lugar la autonomía responsable.

Seguidamente el propio artículo 355 estipula que dicha autonomía garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad sin restricciones, el gobierno de sí mismo, en definitiva la Constitución consagra diáfana y recurrentemente la autonomía de las Universidades y Escuelas Politécnicas e incluso incorpora dentro del Título de Derechos de las personas, en el capítulo de los Derechos del Buen Vivir, la garantía del Estado a la libertad de enseñanza y a la libertad de cátedra en la educación superior, como lo señala el artículo 29 del texto constitucional, no existen en consecuencia limitantes para el ejercicio de una libertad académica que incluye la elaboración de planes de estudios, programas curriculares, diseño de perfiles profesionales, oferta de carreras que deben ser como lo expresé anteriormente concordantes con los objetivos del régimen de desarrollo y aquellos principios antes mencionados, que son los que deben guiar la vida de las Universidades y Escuelas Politécnicas, sin necesidad de tutelajes ni mucho menos de imposiciones de organismo o persona alguna.

Surge la inquietud e interrogante, qué debemos entender por autonomía responsable y aquello sin recurrir a ensayos o reflexiones teóricas, impone a las Universidades y Escuelas Politécnicas, el obrar teniendo en consideración los altos intereses nacionales, descartar todo vestigio de afanes de lucro, el que se pretenda mercadear ofertas de títulos o grados académicos, tanto en pregrado como en postgrado, el mantener rigores académicos que posibiliten formar profesionales competentes y aptos para el buen y eficiente ejercicio profesional, sembrar un espíritu investigador en docentes y alumnos, y sobre todo respetar celosamente lo establecido en el propio artículo 355 inciso cuarto de la Constitución, que textualmente dispone que la autonomía no exime a las instituciones de educación superior de ser fiscalizadas, de su responsabilidad social de una rendición de cuentas y de participar en la planificación nacional, en definitiva, autonomía es independencia y es libertad para actuar y obrar, pero no puede ser entendida como la actitud libérrima o subjetiva de ser y hacer lo que uno piensa y quiere sin entender que somos parte de una organización superior que se llama Estado, que vivimos un mundo cada vez más internacionalizado e interdependiente, de tal manera que tenemos el derecho como Universidades y Escuelas Politécnicas de auto organizarnos, de poder realizar nuestra propia programación académica, de designar y ejercer libremente nuestro gobierno y administración interna, de contar con nuestros propios recursos económicos y asignaciones presupuestarias, por ello el artículo 355 en su inciso quinto, prohíbe a la Función Ejecutiva, llámese SENPLADES, Ministerio de Economía y Finanzas o cualquier otra institución que forma parte de privarla de sus rentas o asignaciones esta Función del Estado, presupuestarias que deben ser entendidas, son aquellas rentas que están establecidas en la Ley Especial que creó el Fondo Permanente de Desarrollo Universitario y politécnico vigente desde Mayo 15 de 1996 y de asignaciones presupuestarias que han venido constando históricamente y que de acuerdo a indicada ley deben incrementarse para atender aumentos de remuneraciones y otros beneficios de orden social, ésta garantía constitucional es la que vuelve real su autonomía financiera, por ello la pretensión de derogar dicha ley, significaría una merma de autonomía no solo en lo financiero sino en lo administrativo y en la gestión a ejecutar, al bloquear la posibilidad de programar una planificación académica en el corto, mediano y largo plazo, sin autonomía presupuestaria se coarta el ejercicio de la autonomía muy especial de la que deben gozar las Universidades y Escuelas Politécnicas, como lo reconoció en un fallo el pleno del Tribunal Constitucional el año 2000, ante demanda planteada por el CONUEP.

Debe destacarse que la Constitución vigente en su artículo 353 establece 2 organismos rectores a nivel nacional para la organización y cumplimiento de las actividades de las Universidades y Escuelas Politécnicas, el uno, definido como un ente público planificador, regulador y coordinador interna del sistema, subrayo la palabra interna, organismo que tiene la finalidad de servir de interlocutor en las relaciones con la Función Ejecutiva, es decir implícitamente el texto constitucional separa a este organismo de cualquier vinculación o dependencia de la Función Ejecutiva, pretender subordinarlo o volverlo dependencia de la Función Ejecutiva, es contrariar la norma constitucional y buscar vulnerar el gobierno y administración de las Universidades y Escuelas Politécnicas, por ende la conformación de este organismo, debe nacer de las propias entidades de educación superior, sin que aquello excluya que la integren representantes de la Función Ejecutiva como medio para facilitar las relaciones que en el marco del respeto mutuo debe existir entre los centros de educación superior y el gobierno nacional.

La tesis de diferenciar el Sistema de Educación Superior con las Universidades y Politécnicas argumentando que las Universidades y Politécnicas son autónomas pero no el Sistema, es también una clara contradicción a lo dispuesto en la Constitución, eso lo establece el Artículo 352 que señala de manera puntual cuáles son las entidades de Educación Superior, por lo que aquella tesis es artificiosa y forzada, aunque aclaro dentro del Sistema están incorporados los Institutos Técnicos y Tecnológicos que deben realizar sus actividades respetando las regulaciones que establezca el organismo de planificación, regulación y coordinación del Sistema, pues éstas entidades no son autónomas de acuerdo a la Constitución.

El otro organismo que controla la educación superior es el de la acreditación y aseguramiento de la calidad de la educación superior, en la que expresamente la Constitución excluye en la integración de este organismo a los representantes de las instituciones de educación superior, es decir a los Rectores, definición constitucional de las que se infiere que en el otro organismo no tienen porque ser excluidos los Rectores, que son los máximos dirigentes de la comunidad universitaria o politécnica, son designados por cada comunidad directa y democráticamente a través del ejercicio del cogobierno, de tal manera que el organismo de planificación, regulación y coordinación del sistema debe emanar de los propios miembros de los centros de educación superior, sin que en su conformación se excluyan miembros de la Función Ejecutiva, entre ellos el Ministerio de Educación, SENPLADES, SENACYT y organizaciones provenientes de la sociedad civil, como el caso de profesionales o académicos calificados que podrían designarse a través de concursos públicos de méritos y oposición, lo cual contribuirá a robustecer el Sistema.

Sin duda alguna la expedición de la ley que creó el Fondo Permanente de Desarrollo Universitario y Politécnico significó un extraordinario avance en el fortalecimiento de las Universidades y Escuelas Politécnicas, no se trató de una inyección meramente presupuestaria, fundamentalmente implicó dotarla de la debida independencia económica y cortó de raíz todo vestigio de sumisión y sometimiento a los gobiernos de turno, no se trató tampoco de darle un trato preferencial y privilegiado a las Universidades y Escuelas Politécnicas, en el fondo se reconoce el derecho de estas instituciones de contar con un financiamiento acorde a su elevada misión social, dotándola de recursos en niveles internacionalmente recomendados que están ubicados entre el 1 y el 1.5 % del PIB de un país, por eso se lo considera un logro histórico que debe ser defendido, no se trata de una generosa contribución del Estado ni mucho menos de gobierno alguno, es una participación directa en los recursos públicos que pertenecen a todos y todas los ecuatorianos y ecuatorianas, son recursos que pertenecen a la sociedad ecuatoriana, no hay que olvidar que el Estado a través de sus Funciones e instituciones se organiza para su gobierno y administración, pero es equivocado sostener que el Estado es una especie de gran tutor y juez de las actividades de los miembros de un país, el Estado es la forma moderna de organización de la sociedad, pero en ningún caso el que todo lo puede y decide sin tener limitaciones, el Estado tiene límites dados por el ordenamiento jurídico que lo rige, que es en definitiva del que emanan derechos y obligaciones de los habitantes e instituciones de un país, por eso se habla de un Estado de Derecho.

Pero existe algo más importante, el FOPEDEUPO es un logro histórico alcanzado por las universidades y escuelas politécnicas públicas y privadas cofinanciadas, para enfrentar la tesis de autogestión que se proponía con insistencia y de manera casi imperativa desde las altas esferas del gobierno de la época, presidido por el Arq. Sixto Durán Ballén y el Eco. Alberto Dahik, aquello explica mejor, el esfuerzo realizado por el CONUEP por conseguir se expida una ley que garantice la autonomía financiera de las Universidades y Politécnicas, privar a las Universidades y Politécnicas de sus rentas es un atentado a su autonomía financiera una inaceptable violación a sus derechos garantizados constitucionalmente.









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